Sobre Cámara

Programa de cumplimiento normativo

 

 

I. Política Cumplimiento Normativo            II. Código de Buenas Prácticas                III. Canal Ético                 IV. Responsable Cumplimiento Normativo

 

 

I. POLÍTICA DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO.

La trayectoria de la Cámara de Comercio siempre ha estado guiada por un sólido compromiso con el respeto a la legislación vigente, a la normativa interna, así como a los principios éticos que inspiran su actuación.

La Cámara cuenta con una estricta política de rechazo absoluto frente a la comisión de cualquier actuación ilícita, delictiva o contraria a la ética en el desarrollo de sus actividades.

La Política de Cumplimiento Normativo ha sido desarrollada por la Cámara de Comercio de Zaragoza a través de su Programa de Cumplimiento Normativo, un modelo organizativo y de gestión de riesgos penales que tiene por objetivo prevenir, detectar y sancionar la eventual comisión de conductas irregulares, ilícitas o contrarias a la ética en el seno de la Cámara y de sus entidades vinculadas.

Política de Cumplimiento Normativo (ver documento completo).

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II. CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS.

En el desarrollo de sus actividades privadas y en la ejecución de sus funciones públicas, la Cámara de Comercio está firmemente comprometida con los valores y principios éticos recogidos en su Código de Buenas Prácticas.

El éxito y efectividad del Programa de Cumplimiento Normativo exige el compromiso visible, consistente y sostenido en el tiempo de sus Órganos de Gobierno y de la dirección de la misma con los valores y principios previstos en su Código de Buenas Prácticas.

Código de Buenas Prácticas (ver documento completo).

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III. CANAL ÉTICO Y DE INFORMACIÓN.

La Cámara de Comercio de Zaragoza y sus entidades ponen a disposición de todos sus miembros, clientes, proveedores y otros terceros con los que mantengan una relación contractual o de negocio, el Canal Ético y de Información, a través del cual podrán denunciar, de forma totalmente confidencial, cualquier sospecha o conocimiento de una irregularidad o conducta ilícita que haya tenido o esté teniendo lugar en la organización.

La Cámara de Comercio de Zaragoza garantizará en todo momento la confidencialidad de las denuncias que se tramiten, y no admitirán ningún tipo de represalia sobre aquéllos que comuniquen de buena fe los presuntos incumplimientos. Asimismo, garantizará el máximo respeto a los derechos de las personas presuntamente implicadas en un incumplimiento.

Reglamento Canal Ético y de Información (ver documento completo).

La comunicación de cualquier sospecha o conocimiento de los indicados incumplimientos se hará a través del siguiente FORMULARIO.

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IV. RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO.

El Responsable de Cumplimiento Normativo es un órgano interno unipersonal -con poderes autónomos de iniciativa y control- responsable de la supervisión del funcionamiento y cumplimiento del Programa de Cumplimiento Normativo, según establece el artículo 31 bis 2.2º del Código Penal.

Las tareas del órgano responsable de la función de cumplimiento normativo, sin perjuicio de las restantes que -en cada momento- puedan encomendarle los Órganos de Gobierno, se pueden agrupar en las siguientes:

  1. Impulsar y supervisar de manera continua la implantación y eficacia del Programa de Cumplimiento Normativo en todos los procesos de la organización.
  2. Promover la formación e información en relación con el Programa de Cumplimiento Normativo para todas las Personas Sujetas, así como resolver todas las dudas que pudieran surgir a este respecto.
  3. Gestionar el Canal Ético de la Cámara de Comercio de Zaragoza y sus entidades vinculadas, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Canal Ético.
  4. Actualizar y verificar el funcionamiento del Programa de Cumplimiento Normativo, así como reportar a los Órganos de Gobierno la situación del mismo.

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V. PROTOCOLO DE ACOSO LABORAL

Dentro de este marco normativo, para regular de forma especial la prevención y tratamiento, en su caso, de eventuales supuestos de ACOSO LABORAL, ACOSO SEXUAL, POR RAZON DE SEXO Y CUALQUIER OTRA DISCRIMINACION ILÍCITA EN EL TRABAJO, como anexo al Programa de Cumplimiento Normativo, esta Corporación ha elaborado un PROTOCOLO, en desarrollo y/o prevención de lo dispuesto en las disposiciones legales de ámbito internacional, europeo y estatal existentes en cada momento en la materia.

Protocolo de Acoso Laboral (ver documento completo).

 

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