Cámara de Zaragoza

Reclamaciones en materia de telefonía

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30,25

Según Real Decreto Ley 13/2012, de 30 de marzo, BOE del 31, modificación del artículo 38 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones a partir del 1 de abril de 2012 las personas  jurídicas y empresas quedaron excluidas del procedimiento de reclamación ante la Oficina de atención al usuario de telecomunicaciones.

Por este motivo,  el departamento de asesoría jurídica de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza pone a su disposición el servicio de tramitación de reclamaciones de telefonía para atender el elevado volumen de consultas que se reciben sobre cómo interponer una reclamación a empresas de este sector.

 

¿En qué consiste el servicio?

En primer lugar, hay que precisar que no se trata de asesorar jurídicamente, sino de abrir una vía para hacer que las reclamaciones lleguen a los operadores, además de conseguir de los mismos una respuesta en el plazo aproximado de un mes. La ventaja del servicio es la obtención de esa respuesta, ya que por vía directa (usuario/ operador) es más complicada de obtener.

 

¿A quién va dirigido?

A empresas o autónomos, que estén afectados por algún tipo de problema con empresas de telefonía.

 

¿Con qué compañías puedo hacer uso de este canal de reclamación?

Este servicio es el resultado de una serie de acuerdos alcanzados entre la Cámara de Comercio y Vodafone y Orange.

Por tanto si tu operador de telefonía NO es ninguno de los mencionados NO puedes tramitar la reclamación por este cauce.

 

Objeto de las reclamaciones

Las reclamaciones podrán tratar sobre cualquier servicio de telecomunicaciones (telefonía fija, móvil y acceso a Internet) en cuanto a:

 

Procedimiento

La empresa o autónomo demandante deberá cumplimentar un formulario, en el que consignarán todos los datos relativos a la  reclamación que pretende contra el operador de telefonía, y enviarlo junto al justificante de pago del servicio a la dirección: asesoria@camarazaragoza.com

El citado formulario será enviado al operador junto con un escrito de la Cámara, para que en el plazo de 30 días aproximadamente, la empresa obtenga una respuesta.

 

Última actualización: 29 de julio de 2014

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