Cámara de Zaragoza

SOLICITUD DE VOTO POR CORREO

La regulación aplicable al voto por correo se encuentra en el artículo 28 del Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se desarrolla la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

De esto precepto se deducen los siguientes datos de interés para la solicitud del voto por correo:

 

1.- Plazo para la solicitud del voto por correo.

El plazo para la presentación de la solicitud del voto por correo será del 25 de enero al 8 de febrero, ambos incluidos.

 

2.- Dónde presentar la documentación:

 

3.-Documentación que se debe presentar:

3.1.- Personas físicas.

3.2.- Personas jurídicas.

 

4.- Pasos que sigue el proceso una vez solicitado el voto por correo.

Una vez recibida la documentación,  la Cámara remitirá, antes de 10 días de la fecha de la elección, por correo certificado y urgente la documentación correspondiente con las instrucciones para el voto por correo.

Su voto debe recibirse en la Secretaría de la Junta Electoral, donde será registrado, antes de las 20’00 horas del día 12 de marzo de 2.018.  No se admitirán los votos por correo recibidos tras del referido término.

Última actualización: 16 de mayo de 2018

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