Cámara de Zaragoza

HOTELES-APARTAMENTOS

¿Qué es un hotel-apartamento?

Un hotel-apartamento comprende una o más habitaciones diseñadas para proporcionar un alojamiento completo a una o varias personas. Generalmente tiene un uso temporal y vacacional.

¿Qué trámites legales debo realizar para su apertura?

Los empresarios turísticos deberán contar con la autorización del órgano competente, con carácter previo, en los siguientes casos:

  1. Apertura, clasificación y, en su caso, reclasificación de establecimientos turísticos.
  2. Ejercicio de actividades o prestación de servicios turísticos.

Conforme a la modificación del Decreto 247/2008 de 23 de diciembre de gobierno de Aragón:

La solicitud de apertura y clasificación de los establecimientos hoteleros deberá ser dirigida a los Servicios Provinciales de Industria, Comercio y Turismo de la Diputación General de Aragón, acompañada de los siguientes documentos:

1. El artículo 25 queda redactado de la siguiente manera:

a) Documentación acreditativa de la personalidad física y jurídica del titular de la propiedad y de la explotación.

b) Declaración responsable del título que acredite la disponibilidad del inmueble para alojamiento hotelero.

c) Proyecto o planos finales, a escala 1:100 firmados por facultativo.

d) Plano conjunto a escala 1:500, cuando se trate de un complejo o con instalaciones deportivas, anexos, jardines, aparcamientos, etc.

e) Certificación de sanidad sobre potabilidad de agua y evacuación de residuales, en el caso de los establecimientos que no estén conectados a la red urbana de abastecimiento y depuración de aguas.

f) Documento que acredite el cumplimiento de las medidas mínimas de prevención de incendios según establezca la normativa vigente.

2. El artículo 26 queda redactado de la siguiente manera:

a) Recibida la documentación exigida, se girará visita de inspección que, en caso de conformidad, dará lugar a la correspondiente autorización de apertura y clasificación por el Servicio Provincial. En las modificaciones, ampliaciones y demás incidencias sobre el régimen o clasificación de establecimientos autorizados, se presentarán únicamente los documentos que se refieran a tales incidencias, dirigidos a su aprobación y consiguiente puesta en servicio.

b) El Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de la Diputación General de Aragón, comunicará la autorización de apertura y clasificación al Ayuntamiento y Comarca correspondiente.

¿Qué distintivo tiene que tener este tipo de establecimiento?

En todos los establecimientos hoteleros, será obligatoria la exhibición, junto a la entrada principal de placas normalizadas, en las que figure el distintivo correspondiente a la modalidad y categoría.

Leer la guía de Hoteles-Apartamentos completa | Ver todas las guías de Proyecto

 

 

Última actualización: 25 de noviembre de 2015

¿Ha sido útil este contenido?

¿Qué podemos mejorar?:


¿Tienes alguna duda?
Contacta y te la resolvemos

Félix Romanos Aparicio

Félix Romanos Aparicio

Servicio de Creación de Empresas
976 30 61 61 (ext. 255)
fromanos@camarazaragoza.com

Añadir a mi calendario

Outlook Google Calendar Apple

Inscripción a la agenda

Enviar consulta