Cámara de Zaragoza

Licencia de instalación de terrazas de veladores

Procedimiento excepcional para la solicitud de ampliación de la superficie destinada a terrazas de veladores, destinado a los titulares de licencias de veladores ya concedidas, en aplicación del artículo 15, punto 2, de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, del Ministerio de Sanidad, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Cámara Zaragoza colabora con el Ayuntamiento de Zaragoza en la recogida de las solicitudes de modificación de las licencias, concedidas o, actualmente, en tramitación, para conseguir una mayor eficacia administrativa en el procedimiento.

DOCUMENTACIÓN

  1. Instancia de modificación de la licencia de veladores concedida que contendrá: Según impreso: Instancia para solicitud de ampliación superficie en Licencia de terrazas de veladores. Descargar aquí.
  2. Plano de la zona afectada por la solicitud y de la terraza que se pretende ocupar con las mediciones físicas del espacio. Deberá reunir las siguientes características:
    • Deberá estar firmado por técnico competente.
    • Se realizará a estala 1/50 o 1/100, debiendo estar acotados todos los elementos que integran la zona.
    • Se delimitará la zona de ampliación solicitada respecto a la zona concedida en la licencia vigente o en tramitación, indicando los m² de ambas zonas.
    • Así, se detallarán todos los elementos existentes en la zona a instalar los veladores (mobiliario urbano, arquetas, sumideros, arbolado y zonas verdes…), así como los elementos que se pretende instalar en la terraza.
    • Indicarán las zonas de paso peatonal, así como las medidas que garantizan el cumplimiento de la normativa de distanciamiento personal.
  3. Copia de la última licencia de veladores concedidas y, en su caso, solicitud ya en tramitación para el ejercicio 2020.
  4. En el supuesto de solicitar la ampliación en zona de aparcamiento deberá aportar documentación técnica relativa a la plataforma a instalar, en la que se acredite su nivelación a la misma cota de la acera y sus condiciones de estabilidad, seguridad y protección de los usuarios.

LUGARES DE PRESENTACIÓN

Además de la Cámara de Comercio, la documentación podrá presentarse ante otras entidades colaboradoras:

Las entidades deberán comprobar la documentación presentada.

Para acogerse a las reducciones de las tasas contempladas en la Ordenanza Fiscal deberá solicitarse a través de dichas entidades.

MÁS INFORMACIÓN

Trámites y servicios el Ayuntamiento de Zaragoza

Unidad de Dominio Público
PILAR, PL. NTRA. SRA. 18 50003
010 – (fuera de Zaragoza 976 721234)

Última actualización: 13 de mayo de 2020

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