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Cámara de Zaragoza

¿Cuáles son las nuevas exigencias para determinados residuos clasificados como peligrosos?

El etiquetado de residuos peligrosos se regula en el artículo 14 del Real Decreto 833/88 sobre residuos peligrosos. No obstante los apartados 3 y 4 de dicho artículo quedarán modificados a partir del 1 de junio de 2015, al ser sustituidas las Directivas 67/548/CEE y la Directiva 1999/45/CE en las que se basaba el actual etiquetado de los residuos peligrosos por el Reglamento (CE) nº 1272/2008 sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y mezclas (CLP), y por tanto la naturaleza de los riesgos en el etiquetado deberá indicarse de acuerdo con el citado Reglamento CLP.

Puedes revisar las modificaciones en el siguiente enlace.

Más información: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente