Cámara de Zaragoza

Ayudas para la asistencia de pequeñas y medianas empresas aragonesas a ferias de carácter internacional, misiones comerciales directas y viajes de prospección comercial

BENEFICIARIOS

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES), de forma individual, que tengan su domicilio fiscal en Aragón, desarrollen una actividad empresarial dentro del territorio de la Comunidad Autónoma y cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

ACTUACIONES

a) La participación como expositor en Ferias comerciales celebrados en los años 2013 y 2014 fuera del territorio español o dentro si tienen reconocido oficialmente su carácter internacional. Este reconocimiento está regulado por el Real Decreto 2621/1983, de 29 septiembre sobre ferias comerciales internacionales publicado en el «Boletín Oficial del Estado», número 241, de 8 de octubre de 1983.
b) La participación en misiones comerciales celebradas en los años 2013 y 2014 y que se enmarquen en el Plan Cameral de Exportaciones.
b) La participación como visitante o expositor en ferias en el extranjero.
c) La realización de viajes de prospección comercial condicionado a la presentación de gastos de organización y preparación de agendas de trabajo realizadas por entidades especializadas externas a la empresa, como Cámaras de Comercio, AREX, ICEX o empresas consultoras especializadas.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Los que respondan de manera inequívoca a la realización de la actividad  subvencionable descrita en el punto anterior por los beneficiarios indicados en el apartado tercero y que deriven de los conceptos siguientes:

a) respecto a la participación como expositor en Ferias comerciales:
– Canon de ocupación e inscripción.
– Diseño, instalación y montaje de stands en los espacios contratados a tal efecto.
– Gastos de mantenimiento del stand, tales como limpieza, energía, inserción en catálogo de la feria, u otros servicios similares prestados por el organizador de la feria.
– Transporte de mercancías para las empresas de bienes de equipo, con un límite de 10.000 euros por expediente.

b) para todas las acciones:

– Billetes de avión.
– Coste de elaboración de agenda de trabajo.
– Alojamiento fuera de España.

 

GASTOS EXCLUIDOS

a) Acciones de promoción y publicidad tales como publicidad en prensa, Internet, redes sociales, catálogos, audiovisuales u otros soportes.
b) El pago de impuestos y tasas.

 

REQUISITOS

Los justificantes de gasto y pago correspondientes a los gastos indicados deberán estar comprendidos en el periodo entre el 1 de mayo de 2013 y el 30 de abril de 2014.

 

CUANTÍA

La cuantía máxima de subvención de las ayudas reguladas en esta convocatoria será de hasta un 50% de los gastos subvencionables. El porcentaje concreto de subvención será establecido por la comisión técnica de valoración prevista.

 

PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de mayo de 2014.

 

Para ampliar la información:
Orden de ayudas de 10 de febrero de 2014

Última actualización: 17 de febrero de 2014

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