COMERCIO

Ayudas para el apoyo al comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios

Plazo de presentación: 9 de junio de 2025

Dirigido a

  • Empresarios que estén gestionando algún establecimiento comercial situado en una localidad o municipio aragonés con menos de 500 habitantes.
  • Empresarios que estén gestionando algún Multiservicio Rural con oferta comercial.

Requisitos

  • Estar gestionando algún multiservicio rural, con oferta comercial, o algún establecimiento comercial situado en una localidad o municipio aragonés con menos de 500 habitantes.
  • La actuación subvencionable deberá de haberse ejecutado entre el 12 de julio de 2024 y la fecha de presentación de la solicitud, circunstancia que se constatará con la fecha de la emisión de la factura.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Si ha concurrido a otras ayudas para la misma actividad:

  • Concurrencia con otras ayudas

    Documento que incluya las facturas que concurren con otras ayudas concedidas o solicitadas. Para el detalle de las facturas aportadas, se podrá cumplimentar la excel puesta a disposición.

    Descargar modelo Concurrencia con otras ayudas

En el caso de que el comercio esté adherido a la Red de Multiservicios

  • Certificado emitido por las Cámaras, de comercio adherido a la red

En el caso de tratarse de un Multiservicio Rural:

  • Certificado expedido por la Cámara de Comercio

    Certificado expedido por la Cámara de Comercio de la provincia correspondiente, acreditando que el multiservicio se encuentra adscrito a la red de multiservicios rurales, que está en funcionamiento y los servicios que presta.

Si es persona jurídica

  • Documento justificativo de constitución de la entidad

    Documentos justificativos de constitución de la entidad solicitante y de su inscripción en el registro correspondiente o declaración de que constan en poder de la Administración, indicando el organismo y número de expediente en el que consta.

Actuaciones subvencionables:

– Los gastos derivados del coste del consumo energético (electricidad, gas y gasoil), de comunicación y de abastecimiento de agua, generados directamente por la actividad comercial de los Multiservicios Rurales y de los establecimientos comerciales que estén en localidades de menos de 500 habitantes y que estén en funcionamiento.

En los casos en los que en el Multiservicio Rural se desarrolle otras actividades además de la comercial, los gastos subvencionables serán los ligados a la superficie destinada al uso comercial.

– Los gastos de reparación y mantenimiento de los elementos destinados a la actividad comercial.

– Gastos de mantenimiento de programas informáticos, software, herramientas informáticas para la gestión del negocio y el marketing online.

Última actualización: 22 de mayo de 2025

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