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Ayudas del Gobierno de Aragón al desarrollo industrial en Aragón (ADIA-empleo) 2015

Título completo: ORDEN 6 de noviembre 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan, para el ejercicio 2015, ayudas para empresas vinculadas a la actividad industrial, en el marco del Régimen de Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón – ADIA, con especial incidencia en el empleo.

Ámbito: Aragón.

Convocante: Departamento de Industria e Innovación.

Plazo de presentación: un mes, computado de fecha a fecha, a partir del día siguiente de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de esta convocatoria.

Período subvencionable: desde la fecha de solicitud hasta el 30 de septiembre de 2015, ambos días inclusive.

Destinatarios: empresas radicadas y que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre y cuando éstas no estén excluidas en la normativa comunitaria que pueda ser de aplicación, según prevén los apartados 4 y 5 de la Base 1 de la Orden de 11 de noviembre de 2009, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo.

Objeto: Las ayudas podrán concederse para:

a) Una inversión en activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente. Será condición necesaria la producción de un incremento neto de empleo de, al menos, 10 trabajadores en la plantilla de la empresa beneficiaria.

b) La adquisición de activos fijos vinculados directamente a un establecimiento, cuando éste haya cerrado, o lo hubiera hecho de no haber sido adquirido, y los activos sean adquiridos por un inversor independiente, no vinculado al vendedor, o por los propios trabajadores de la empresa que no sean ya propietarios de ésta. La mera adquisición de las acciones de una empresa no se considerará inversión. En todo caso, la actividad deberá continuar con un mantenimiento del empleo de, al menos, un 70% de la plantilla original asociada a la misma. En el caso de los procesos de sucesión o de transmisión de una PYME a favor de la familia (entendiendo por tal, hasta el tercer grado de consanguinidad incluido) del propietario o propietarios originales, se prescindirá de la condición de que los activos sean adquiridos por un inversor independiente.

Documento completo: Ayudas ADIA 2015

Enlace: Portal web de ADIA del Gobierno de Aragón

 

Última actualización: 17 de noviembre de 2014

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