Cámara de Zaragoza

Nueva Ley de Prevención y Protección Ambiental de Aragón

Gracias a la nueva normativa impulsada por el INAGA se activan 18 medidas de simplificación administrativa en materia de medio ambiente para facilitar el camino a los emprendedores aragoneses

Con ella se reducen los pasos administrativos a seguir aplicados a una actividad o proyecto y se ajustan los plazos en los distintos trámites ambientales

Adecuar la normativa ambiental aragonesa al marco legal europeo y estatal, teniendo en cuenta que, hasta ahora, las normas ambientales de las Comunidades Autónomas introducían condiciones de protección más restrictivas que convienen reducir para mejorar la competividad de las empresas. Ésta es la primera razón que motiva la puesta en marcha de la nueva Ley de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, que hoy ha aprobado el Consejo de Gobierno para su tramitación en las Cortes de Aragón.
Como consecuencia, en el nuevo texto legal se implantan en Aragón un total de 18 medidas concretas de simplificación administrativa en materia de medio ambiente impulsadas por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), que hacen posible que los empresarios puedan iniciar actividades de forma inmediata. Uno de los contenido clave de esta Ley, en cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Gobierno de Aragón para mejorar la competividad de la economía aragonesa y eliminar las trabas administrativas innecesarias.
Medidas que permiten aplicar desde un procedimiento simplificado para la evaluación ambiental de determinados proyectos, eximir autorizaciones del órgano ambiental por debajo de ciertos umbrales o suprimir la obligatoriedad de renovación de autorizaciones, entre otras. Por ejemplo, las Autorizaciones Ambientales Integradas han pasado a tener vigencia indefinida y las autorizaciones en materia de residuos son objeto de renovación automática. También se suprimen, acortan o hacen simultáneos diversos trámites administrativos, y se alarga la vigencia de determinadas resoluciones, como las Declaraciones de Impacto Ambiental, que van a pasar de 2 a 4 años prorrogables hasta 6.
Esta nueva Ley regula, en líneas generales, el control administrativo ambiental sobre los planes, programas, proyectos, actividades e instalaciones que pueden afectar al medio ambiente, con el fin de hacer compatibles las actividades humanas con la conservación, la protección y la mejora de la calidad del medio ambiente, garantizando un desarrollo sostenible.
En concreto, regula las siguientes figuras de intervención ambiental:
– Evaluación Ambiental de planes y programas
– Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos
– Evaluación en zonas ambientalmente sensibles, como son los espacios de la Red Natura 2000, los espacios naturales protegidos y sus zonas periféricas de protección, o los humedales singulares de Aragón
– Autorización Ambiental Integrada
– Licencia ambiental de actividades clasificadas: Es una licencia de competencia municipal que precisa del trámite de calificación ambiental
– Licencia de inicio de actividad (también de competencia municipal)
– El régimen de  inspección, seguimiento y control
– El régimen sancionador
– Aspectos relacionados con la tramitación electrónica
Como objetivos concretos podemos citar, además de la completa adaptación de la legislación aragonesa al nuevo marco normativo básico del Estado español, los siguientes:
– Regular y priorizar la intervención del INAGA como organismo ambiental, de manera que se apliquen las herramientas y mecanismos de intervención más exigentes en las actividades que realmente tengan una importante afección al medio ambiente, a la vez que se rebaja o suprime esta intervención en las actividades de menor relevancia ambiental, especialmente de servicios, simplificando trámites y facilitando a los emprendedores el inicio de dichas actividades.
– Simplificar y esclarecer las disposiciones normativas. Cabe destacar la reducción en el número de normas ambientales aplicables en Aragón, ya que esta Ley derogará una Ley y dos Decretos autonómicos y declarará inaplicables una Ley, un RD Legislativo y un Real Decreto, estos tres últimos estatales.
– En esta Ley se regulan por primera vez los bancos de conservación de la naturaleza de Aragón, como figura novedosa. Son un conjunto de títulos ambientales o créditos de conservación que otorgará la Administración a los titulares de espacios o fincas que realicen actuaciones de conservación, por los que recibirán medidas compensatorias o complementarias.
Un aspecto importante que hay que resaltar es la intervención de la Administración aragonesa cuando un proyecto, actividad o programa, aunque no supere el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, pueda tener efectos ambientales en otras limítrofes. En este caso, Aragón estaría obligada a consultar a las CCAA que puedan verse afectadas y adoptar las medidas oportunas para garantizar la mínima afección ambiental.
Finalmente, con el objetivo de agilizar procedimientos, respecto a los plazos de resolución, la nueva Ley incluye medidas como reducir a tres meses la tramitación de la evaluación de impacto ambiental de un proyecto, o pasar de 2 meses a 45 días naturales el proceso de información pública y de consultas en la evaluación de planes.
Fuente: Aragón_Hoy

Última actualización: 9 de julio de 2014

¿Tienes alguna duda?
Contacta y te la resolvemos

Medio ambiente

Medio ambiente

Sede central
976 30 61 61 (ext. 271)
medioambiente@camarazaragoza.com

Inscripción a la agenda

Enviar consulta