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Incentivos fiscales para Sociedades

Incentivos fiscales para Sociedades

Las entidades de nueva creación, constituidas a partir de 1 de enero de 2013, que realicen actividades económicas tributarán, en el primer periodo impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, con arreglo a la siguiente escala, excepto si, de acuerdo con lo previsto en otras normas deban tributar a un tipo diferente al general:

–          Por la base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros, al tipo del 15%

–          Por la parte de base imponible restante al tipo del 20%

(Fuente: Real Decreto-ley 4/2013)

Información completa en Real Decreto-ley 4/2013 (en pdf)

50 medidas del plan de estímulo económico y apoyo al emprendedor (en pdf)

Fecha publicación: 26 de febrero de 2013

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