Nota Informativa
Obligatoriedad de la Renovación Bienal del Registro ante la FDA 2026
Por disposición de la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA), todos los establecimientos registrados en sectores regulados (alimentos, suplementos alimenticios, cosméticos, medicamentos OTC, entre otros) deben llevar a cabo la Renovación Bienal de su Registro antes del 31 de diciembre de 2026, al tratarse de un año par.
Puntos Clave del Proceso:
- Trámite Independiente: La renovación bienal del registro es un proceso totalmente ajeno y distinto a la renovación del servicio de Agente Registrado (US Agent).
- Riesgos e Impacto por Incumplimiento: La omisión de este trámite dentro del plazo estipulado derivará en la cancelación automática del registro por parte de la FDA, lo que genera consecuencias legales directas y la interrupción inmediata de las operaciones comerciales o exportaciones hacia EE. UU.
- Gestión del Trámite: La renovación puede gestionarse de forma particular por el titular del registro o mediante apoyo externo especializado. Quienes requieran asistencia técnica para realizar la gestión pueden solicitar más información en el correo: [email protected]