Se pueden definir como el compromiso de una entidad financiera (garante) a pagar una cantidad determinada al beneficiario (generalmente el exportador) cuando este presenta la documentación previamente acordada, que confirma la falta de cumplimiento por la otra parte (por lo general el pago del importador).
Es decir, mediante una garantía o aval bancario, el exportador se asegura el cobro de la mercancía entregada aunque la empresa compradora no haya pagado.
El próximo 1 de julio entrarán en vigor las nuevas reglas para garantías internacionales URDG 758 de la Cámara de Comercio Internacional. Las reglas URDG siglas en inglés para “Reglas uniformes sobre garantías a primer requerimiento”, vienen a sustituir a las URDG 458 que precisaban de una actualización y puesta al día.
Las modificaciones realizadas son símilares en su redacción y forma a las normas UCP 600 que regulan los Créditos Documentarios, haciéndolas más fáciles en su adopción e interpretación.
Algunos de los cambios que incorporan: