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NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 215, del 15 al 21 de abril de 2013
Toma nota  
Sector agroalimentario

Las repercusiones de esta decisión son de gran relevancia para todos los países productores de aceite de oliva y en especial para España, principal productor y exportador a nivel mundial de este producto.

Tras más de dos años de litigio, las autoridades peruanas han suprimido los derechos compensatorios definitivos a las que se encontraban sometidas las exportaciones españolas e italianas de aceite de oliva a Perú.

La imposición por parte de Perú de estas medidas de defensa comercial fueron fruto de la Resolución 214-2010/CFDINDECOPI de noviembre de 2010, que determinó unos derechos compensatorios definitivos de 0,95 €/Kg y 1,05 €/Kg para España e Italia respectivamente. Estos derechos tenían una vigencia de 5 años desde el momento de su aplicación.

Como consecuencia de dicha Resolución, la Comisión Europea y España presentaron un recurso de apelación y, desde entonces, se han venido sucediendo diferentes y numerosos requerimientos por parte de las autoridades peruanas, que han provocado un gran retraso en el dictamen de la resolución final.

Finalmente, el tribunal de defensa de la competencia y de la propiedad intelectual ha publicado la Resolución 0209-2013/SDCINDECOPI de fecha 1 de febrero, que revoca la anterior Resolución 214-2010/CFD-INDECOPI y que suprime los mencionados derechos.

En esta última Resolución se reconoce que no se ha podido constatar la evidencia de daño causado a la industria peruana como consecuencia de las importaciones españolas e italianas.

Fuente: Secretaría de Estado de Comercio

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