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NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 193, del 29 de octubre al 4 de noviembre de 2012
Toma nota  

En el caso de que no realice operaciones de comercio exterior en España no habrá sido dado de alta de oficio en el Censo EORI por lo que, con carácter previo a la formalización de la primera operación, deberá obtener en España su  número EORI (bien presentando un escrito de alta, bien dándose de alta a través de la Sede Electrónica de la AEAT)

Fuente: A.E.AT.

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