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NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 148, del 7 al 13 de noviembre de 2011
Toma nota  

El pasado 20 de julio se publicó en el Periódico Oficial de Argelia la Ley Complementaria de Finanzas 2011 que introduce modificaciones en los límites al crédito documentario  en el pago de importaciones en Argelia. En definitiva, el pago mediante credito documentario sigue siendo obligatorio con unas pocas excepciones.

La Ley 09-01 de 22 de julio de 2009 relativa a la Ley de Presupuestos Complementaria para el año 2009 estableció en su artículo 69 que todas las importaciones realizadas en Argelia deben pagarse exclusivamente mediante crédito documentario.

El desarrollo normativo posterior de este artículo y las modificaciones establecidas en el artículo 44 de la Ley 10-01 de 26 de agosto de 2010, Ley de Presupuestos Complementaria del año 2010 y el artículo 23 de la Ley de Presupuestos Complementaria de 2011 de 20 de julio de 2011, han establecido que en la actualidad sea obligatorio el pago mediante crédito documentario de todas las importaciones, excepto en los siguientes cuatro casos:

  • Adquisiciones realizadas por el Estado (compras públicas)
  • Importaciones de servicios
  • Operaciones de valor inferior a 100.000 dinares argelinos (unos mil euros)
  • Importaciones realizadas por empresas productoras de bienes y servicios para sus inputs de producción, maquinaria nueva y piezas de recambio, que podrán optar por la transferencia libre hasta el límite acumulado anual de 4 millones de dinares (unos 40.000 euros) o por la remesa documentaria sin límite alguno.

El pago de las importaciones destinadas a la venta en el mismo estado debe seguir efectuándose mediante crédito documentario. En todos los casos sigue siendo obligatoria la domiciliación bancaria.

El consejo de carácter general de la Oficina Económica y Comercial de España en Argel a todos los exportadores españoles que operan con Argelia es el de establecer siempre en sus operaciones de exportación a Argelia que el cobro se realizará mediante carta de crédito irrevocable y confirmada por un banco internacional de primer orden.

Fuente. Oficina Comercial de España en Argel

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