La exención de este tipo de operaciones es una exención plena. Se concede el derecho a la plena deducción de las cuotas soportadas por el vendedor, asimilándose su tratamiento con el de las exportaciones. +info
La exención de las ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS no sólo es para evitar la doble tributación, sino también porque la filosofía del impuesto, tiende a fijar la tributación en el lugar donde efectivamente se produce el consumo, siendo en las ventas intracomunitarias el lugar de destino.
¿Qué requisitos tiene que cumplir una venta intracomunitaria para estar exenta?