Mientras se llevan a cabo las negociaciónes desde la Delegación de la UE para que China reconozca el régimen de las DDOO como se entiende en Europa, la Oficina Económica y Comercial registrar los nombres de sus denominaciones de origen como marcas colectivas dentro del régimen de la Ley de Marcas china.
La Oficina Económica y Comercial de Pekín recomienda a los exportadores españoles de productos enmarcados en una D.O. el registro de dichas marcas ya que se están multiplicando los casos de solicitud de registros como Cava, Jerez, Jabugo, etc. por individuos o empresas chinas. Aún cuando dentro de 2 o 3 años se llegue a alguna conclusión en las negociaciones para el reconocimiento de las DDOO en China, para entonces podemos tener varias DDOO españolas ya registradas como marcas por individuos chinos.
Un acto administrativo no puede surtir efectos retroactivos perjudicando los intereses de particulares, por lo tanto, la posible futura decisión de la Administración china de adoptar el régimen de DDOO en este país produciría efectos a futuro, es decir, protegería los nombres de DDOO no registrados para entonces ante la Trademark Office, pero las que ya fueron concedidas como marcas, quedarían firmes.
Esta posición es compartida por los propios expertos en materia de propiedad intelectual de la Delegación de la Unión Europea en Pekín.
Para más información contacte con la Oficina Comercial en Pekín:
www.oficinascomerciales.es