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NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 94, del 20 al 26 septiembre de 2010
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Preguntas frecuentes

Legalmente no es posible que los proveedores facturen sin IVA, ya que la exportación la hace efectiva la empresa compradora y no el proveedor.

Sólo existen dos supuestos en los que el proveedor podría facturar sin IVA:

  • Cuando la exportación la realizase realmente el proveedor, figurando como exportador en el DUA de exportación.
  • En el caso de que el proveedor enviase la mecancía al distribuidor español a un AREA EXENTA, depósito aduanero o zona franca en España, (operación asimilada a la exportación)  y esta segunda empresa la exportase desde allí. De esta forma el distribuidor podrá realizar la exportación acreditándose como tal con el DUA, o bien realizar una entrega intracomunitaria con una salida del área exenta.
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