PREMIOS A LA EXPORTACIÓN 2011
Bases

primera


La Cámara de Comercio e Industria de Zaragoza, como reconocimiento público de la labor exportadora desarrollada por las empresas zaragozanas, individuales y sociedades, y para contribuir al fomento de la exportación de la provincia, instituyó el PREMIO A LA EXPORTACIÓN, que otorgado con carácter honorífico, consiste en un trofeo establecido por la Corporación y un Diploma acreditativo.

segunda


El número de premios a otorgar lo fijará anualmente el Jurado, siendo, al menos, uno para pequeñas y medianas empresas, y otro para grandes empresas. No obstante, los premios habrán de concederse a empresas exportadoras de los distintos sectores o ramas de exportación y podrán declararse desiertos.

tercera


El Jurado podrá conceder un PREMIO EXTRAORDINARIO a las empresas, personas o instituciones que hayan demostrado unos méritos excepcionales en la promoción de la exportación.

cuarta


Con carácter indicativo, los conceptos que fundamentalmente tendrá en cuenta el Jurado serán los siguientes: antecedentes e historial de la empresa, su importancia dentro del nivel nacional exportador, labor realizada en la prospección y apertura de mercados, asistencia a ferias y misiones comerciales, apertura de redes comerciales en el extranjero, países suministrados, exportaciones realizadas en los tres últimos ejercicios, porcentaje de exportaciones con relación a las cifras de producción o ventas totales de la empresa, continuidad en las exportaciones, inversiones en el exterior y cesiones de tecnología y, en general, cualesquiera otros méritos, cuantitativos o cualitativos, destacables en la actividad exportadora de la empresa.

quinta


El Premio a la Exportación se concederá a empresas electoras de la Cámara de Comercio e Industria de Zaragoza que estén al corriente en el pago de la cuota cameral.

sexta


Las solicitudes para optar al Premio a la Exportación deberán efectuarse mediante escrito dirigido al Presidente de la Corporación, acompañando una Memoria de los méritos que concurran en la empresa solicitante y documentos justificativos de los mismos, y un cuestionario que se facilitará debidamente cumplimentado. Asimismo, los candidatos al Premio a la Exportación podrán acceder a dicho premio a propuesta de una asociación empresarial o de un miembro de la Corporación.

séptima


La Comisión de Comercio Exterior evaluará las solicitudes presentadas, reservándose el derecho a contrastar los datos aportados mediante la realización de visitas a las empresas candidatas a los Premios, y elevará una propuesta al Comité Ejecutivo, que se constituirá como Jurado del premio.
La decisión del Comité Ejecutivo, una vez ratificada por el Pleno de la Corporación, será inapelable.

octava


Las decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría, sin que las mismas deban sujetarse a otro criterio que la apreciación en conciencia de los méritos alegados por las firmas solicitantes.

novena


El Premio a la Exportación se concederá con carácter anual.

décima


Las empresas distinguidas con el Premio a la Exportación no podrán optar nuevamente al mismo sino transcurridos cinco años de la fecha de su obtención.
Las empresas que no habiendo sido premiadas, hubiesen sido distinguidas con accésit, podrán concurrir nuevamente a los premios, aunque durante las dos ediciones siguientes no podrán ser nuevamente galardonadas con accésit.

undécima


El plazo de admisión de solicitudes se cerrará el día 29 de febrero de 2012.

duodécima


La resolución o fallo del Jurado deberá hacerse público en el plazo de 45 días desde la fecha límite de recepción de solicitudes.

decimotercera


El acto de entrega de los premios será público y solemne, y tendrá lugar durante el primer semestre del año.

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