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REGLAMENTO
761/2001 - EMAS |
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El sistema comunitario
de gestión y auditoría medioambientales
(Eco- Management and Audit Scheme) EMAS
es un mecanismo voluntario destinado a las
empresas y organizaciones que deseen evaluar,
gestionar y mejorar su comportamiento en
materia medioambiental. Este sistema se
puso en marcha en abril de 1995 y fue revisado
en 2001. Este sistema se acredita por el
Reglamento 761/2001, del Parlamento Europeo
y del Consejo de 19 de marzo, por el que
se permite que las organizaciones se adhieran
con carácter voluntario a un sistema
comunitario de gestión y auditorias
medioambientales.
Para que una organización pueda ser
incluida en EMAS deberá:
1. Elaborar un Análisis Medioambiental
de sus actividades: Realizara un estudio
de las actividades, productos y servicios
de la empresa, en el que se abordan las
cuestiones medioambientales directas e indirectas.
Se trata de conocer la situación
de la empresa para identificar los aspectos
medioambientales y sobre ellos establecer
el SGMA.
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2. Implantar un Sistema de Gestión
Medioambiental: Se seguirán
los mismos pasos que en los SGMA según
ISO 14001. Basándose en los resultados
de su estudio medioambiental se establecerá
un sistema de gestión medioambiental
efectivo destinado a alcanzar los objetivos
de la política de Medio Ambiente definida
por la dirección de la organización.
El sistema de gestión tiene que definir
responsabilidades, objetivos, medios, procedimiento
operativos, necesidades de formación,
y sistemas de control y comunicación.
3. Realizar Auditorias Medioambientales:
Se trata de evaluar el SGMA para determinar
que este cumple con el lo establecido en el
manual y en la política medioambiental
de la empresa. Otra función de esta auditoria
será proporcionar información
a la dirección para la revisión
del sistema. Todas las áreas de la empresa
se deben auditar por lo menos cada 3 años
para cumplir con el Reglamento EMAS.
4. Elaborar una Declaración Medioambiental:
La empresa da a conocer al público su
actuación respecto a los impactos medioambientales
causados y su compromiso de mejora continúa.
Esta declaración tiene que especificar
los resultados que se han conseguido en relación
con los objetivos medioambientales de la organización.
También debe indicar los medios que se
piensan utilizar para mejorar continuamente
su comportamiento medioambiental
5. Obtener una verificación independiente
por parte de un verificador EMAS: Se
verificará el análisis medioambiental,
el procedimiento de auditoría y la declaración
medioambiental por un verificador acreditado
por un organismo de acreditación EMAS
de un Estado miembro.
6. Registrarse en un organismo competente
de un Estado miembro: Cuando la empresa ya tiene
implantado y verificado el SGMA, se presentará
ante el organismo competente que comprobara
si cumple todos los requisitos del Reglamento
EMAS, y procederá a su registro.La empresa
recibirá un número de registro
y, a continuación, puede utilizar el
logotipo EMAS.
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