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REGLAMENTO 761/2001 - EMAS
El sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (Eco- Management and Audit Scheme) EMAS es un mecanismo voluntario destinado a las empresas y organizaciones que deseen evaluar, gestionar y mejorar su comportamiento en materia medioambiental. Este sistema se puso en marcha en abril de 1995 y fue revisado en 2001. Este sistema se acredita por el Reglamento 761/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de marzo, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditorias medioambientales.

Para que una organización pueda ser incluida en EMAS deberá:

1. Elaborar un Análisis Medioambiental
de sus actividades: Realizara un estudio de las actividades, productos y servicios de la empresa, en el que se abordan las cuestiones medioambientales directas e indirectas. Se trata de conocer la situación de la empresa para identificar los aspectos medioambientales y sobre ellos establecer el SGMA.

2. Implantar un Sistema de Gestión Medioambiental: Se seguirán los mismos pasos que en los SGMA según ISO 14001. Basándose en los resultados de su estudio medioambiental se establecerá un sistema de gestión medioambiental efectivo destinado a alcanzar los objetivos de la política de Medio Ambiente definida por la dirección de la organización. El sistema de gestión tiene que definir responsabilidades, objetivos, medios, procedimiento operativos, necesidades de formación, y sistemas de control y comunicación.

3. Realizar Auditorias Medioambientales: Se trata de evaluar el SGMA para determinar que este cumple con el lo establecido en el manual y en la política medioambiental de la empresa. Otra función de esta auditoria será proporcionar información a la dirección para la revisión del sistema. Todas las áreas de la empresa se deben auditar por lo menos cada 3 años para cumplir con el Reglamento EMAS.

4. Elaborar una Declaración Medioambiental: La empresa da a conocer al público su actuación respecto a los impactos medioambientales causados y su compromiso de mejora continúa. Esta declaración tiene que especificar los resultados que se han conseguido en relación con los objetivos medioambientales de la organización. También debe indicar los medios que se piensan utilizar para mejorar continuamente su comportamiento medioambiental

5. Obtener una verificación independiente por parte de un verificador EMAS: Se verificará el análisis medioambiental, el procedimiento de auditoría y la declaración medioambiental por un verificador acreditado por un organismo de acreditación EMAS de un Estado miembro.

6. Registrarse en un organismo competente de un Estado miembro: Cuando la empresa ya tiene implantado y verificado el SGMA, se presentará ante el organismo competente que comprobara si cumple todos los requisitos del Reglamento EMAS, y procederá a su registro.La empresa recibirá un número de registro y, a continuación, puede utilizar el logotipo EMAS.

     
     
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