Categoría: SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (Sentencia 33/2005, de 17 de febrero de 2005, del pleno del Tribunal Constitucional)
La Generalidad de Cataluña promueve conflicto positivo constitucional de competencias. La sentencia resuelve el conflicto dictando que la atribución que efectúa el artículo 2 del Real Decreto 85/1996 a la Administración General del Estado de la facultad para designar entidades de acreditación de verificadores medioambientales, y la designación de la Entidad Nacional de Acreditación como tal entidad efectuada en su disposición adicional segunda vulneran el orden constitucional de competencias, invadiendo competencias autonómicas en materia de medio ambiente. La disposición adicional tercera del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, y el artículo 51.1 del Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial aprobado por dicho Real Decreto no invaden las competencias de la Generalidad.