Cámara Zaragoza

Estás en Cámara Zaragoza > Medio ambiente > Modificación de la Ley 26/2007 de Responsabilid…

Todos los productos de la Cámara
Legislación

Modificación de la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental (RDL 8/2011)

Fecha publicación: 11 de noviembre de 2011 / Última actualización: 4 de diciembre de 2012

  • Fecha Publicación: 07/07/2011
  • Lugar Publicación: BOE

El Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa; introduce en su artículo 32 ‘Modificación de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental’ los siguientes cambios:

Uno. Se añade un nuevo apartado d) al artículo 28, con la siguiente redacción:

«d) Los operadores de las actividades que cumplan con los criterios y condiciones de exclusión que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con la disposición final tercera, quedarán exentos de constituir garantía financiera obligatoria, y por tanto de elevar una propuesta a la autoridad competente para la aplicación del procedimiento previsto en el artículo 24.3.»

Dos. Los apartados a) y b) del artículo 29 quedan redactados como sigue:

«a) Los derivados de las obligaciones del operador reguladas en el artículo 17.

b) Los derivados de las obligaciones del operador reguladas en los artículos 19 y 20. En la medida que dichos daños afecten a las aguas, a las especies silvestres y a sus hábitats o a las riberas del mar y de las rías, los gastos garantizados se limitan a los encuadrados dentro del concepto de «reparación primaria» definido en el apartado 1.a) del anexo II.»

Tres. Se añade un nuevo párrafo al apartado 1 del artículo 30 con la siguiente redacción:

«La cobertura de la garantía financiera obligatoria nunca será superior a 20.000.000 euros. En cualquier caso la constitución de esta garantía por la cobertura máxima no exime a los operadores de elevar una propuesta a la autoridad competente para la aplicación del procedimiento previsto en el artículo 24.3.»

Descargar documento completo

Más información

Medio ambiente

Compartir contenido

Cámara de Comercio
e Industria de Zaragoza

mapa de situación de la Cámara de Zaragoza

Paseo Isabel La Católica, 2
50009 Zaragoza
Tel. (+34) 976 30 61 61
Fax: 976 30 61 62
cci@camarazaragoza.com

Cómo llegar | Otras sedes
Horario de atención al público

Mapa web de camarazaragoza.com

Ir a: Consejo Superior de Cámaras - Enlace externo Ir a: Feria de Zaragoza - Enlace externo Ir a: Fundación Basilio Paraíso - Enlace externo Ir a: Fundación Empresa Universidad (FEUZ) - Enlace externo Ir a: Asociación Aragonesa para el Desarrollo de la Responsabilidad Social Empresarial (ARARSE) - Enlace externo Ir a: ASITEL: Servicio de interpretación telefónica y traducción de textos Entidad adherida a Confianza Online

Todos los temas y productos de Cámara de Zaragoza

Cerrar

Cámara Zaragoza

Publicado el 11 de noviembre de 2011
Legislación

Modificación de la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental (RDL 8/2011)

El Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa; introduce en su artículo 32 ‘Modificación de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental’ los siguientes cambios:

Uno. Se añade un nuevo apartado d) al artículo 28, con la siguiente redacción:

«d) Los operadores de las actividades que cumplan con los criterios y condiciones de exclusión que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con la disposición final tercera, quedarán exentos de constituir garantía financiera obligatoria, y por tanto de elevar una propuesta a la autoridad competente para la aplicación del procedimiento previsto en el artículo 24.3.»

Dos. Los apartados a) y b) del artículo 29 quedan redactados como sigue:

«a) Los derivados de las obligaciones del operador reguladas en el artículo 17.

b) Los derivados de las obligaciones del operador reguladas en los artículos 19 y 20. En la medida que dichos daños afecten a las aguas, a las especies silvestres y a sus hábitats o a las riberas del mar y de las rías, los gastos garantizados se limitan a los encuadrados dentro del concepto de «reparación primaria» definido en el apartado 1.a) del anexo II.»

Tres. Se añade un nuevo párrafo al apartado 1 del artículo 30 con la siguiente redacción:

«La cobertura de la garantía financiera obligatoria nunca será superior a 20.000.000 euros. En cualquier caso la constitución de esta garantía por la cobertura máxima no exime a los operadores de elevar una propuesta a la autoridad competente para la aplicación del procedimiento previsto en el artículo 24.3.»

Descargar documento completo

Tema: Medio ambiente

Temas relacionados: Medio ambiente, Protección y responsabilidad ambiental

Etiquetas:

Temas

Productos relacionados

Más información

Medio ambiente

Redes sociales


También estamos en:
YouTube Foursquare LinkedIn

Cámara de Comercio
e Industria de Zaragoza

mapa de situación de la Cámara de Zaragoza

Paseo Isabel La Católica, 2
50009 Zaragoza
Tel. (+34) 976 30 61 61
Fax: 976 30 61 62
cci@camarazaragoza.com

Cómo llegar | Otras sedes
Horario de atención al público

Mapa web de camarazaragoza.com

Ir a: Consejo Superior de Cámaras - Enlace externo Ir a: Feria de Zaragoza - Enlace externo Ir a: Fundación Basilio Paraíso - Enlace externo Ir a: Fundación Empresa Universidad (FEUZ) - Enlace externo Ir a: Asociación Aragonesa para el Desarrollo de la Responsabilidad Social Empresarial (ARARSE) - Enlace externo Ir a: ASITEL: Servicio de interpretación telefónica y traducción de textos Entidad adherida a Confianza Online