Argelia es uno de los países mediterráneos con mayor potencialidad de crecimiento, por lo que está captando de forma creciente los intercambios comerciales con Europa. Si cuantificamos el volumen del comercio UE-Argelia para el periodo 2007-2008, vemos que la UE es su principal suministrador, con el 53,15 % del total de importaciones, y su principal cliente, con el 52,04 de la exportaciones argelinas.
IMPORTACIONES VALOR 2007 VALOR 2008 VARIACIÓN
De: Unión Europea 14.427 20.985 45,46%
EXPORTACIONES VALOR 2007 VALOR 2008 VARIACIÓN
A: Unión Europea 26.833 41.268 53,80%
Fuente: Aduana Argelia.Valores en miles de millones de dolares. Se aprecia de manera inmediata el favorable saldo positivo de la balanza comercial argelina, sus exportaciones cubren el 210 % de sus importaciones.
AMPLIAS POSIBILIDADES DE NEGOCIO
La conclusión que se deduce del enorme superavit que goza Argelia en la balanza de su comercio exterior, aun considerando el gran peso que tiene su industria de crudo y de gas, no puede ser otra que el tener en cuenta la potencialidad presente y futura que su economía ofrece de amplias posibilidades de negocio para todo tipo de empresas.
En este ámbito, debemos examinar como se explicitan los requerimientos aduaneros que regulan el comercio exterior de Argelia. En primer lugar debemos mencionar que existe una clara voluntad de mantener y acrecentar, en la medida de las posibilidades, las facilitaciones de los tramites aduaneros mediante medidas que tienden a reducir los plazos de despacho:
PROCEDIMIENTOS ADUANEROS SIMILARES A LA UE
Los procedimientos de despacho aduanero son similares a los que podemos ver en la UE, aunque, eso si, existen elementos diferenciadores. La declaración aduanera debe acompañarse de los documentos siguientes:
Los regímenes aduaneros bajo los cuales pueden colocarse las mercancías son :
El despacho a consumo
El deposito aduanero
El tránsito
El transbordo
Las fábricas autorizadas
La admisión temporal
El avituallamiento
Las mercancías de retorno
La exportación definitiva
La exportación temporal
La reexportación
Las construcciones navales
ACUERDO NO DESARROLLADO POR ARGELIA
El Acuerdo de Asociación entre la UE y Argelia, en vigor, como ya mencionamos, desde primeros de septiembre de 2005 no ha sido desarrollado hasta el momento por Argelia, en el sentido de que no se ha adherido hasta el presente al acuerdo pan-euro-mediterráneo, con lo cual no se puede aplicar la acumulación diagonal prevista para los países integrados en dicho acuerdo.
En virtud del Acuerdo vigente podemos comprobar como se beneficia un exportador comunitario en sus expediciones a Argelia.
IMPORTACIONES EN ARGELIA DE MERCANCIAS COMUNITARIAS NO CONTINGENTADAS:
I. Las mercancías deben ser declaradas bajo un régimen de despacho a consumo con un código de declaración (nº 1025) especificado en el Acuerdo.
II. El origen de la mercancía debe ser comunitario.Debe aportarse certificado EUR 1 indicando el origen comunitario.
IV. El transporte debe ser directo, y en el caso de que la mercancía viaje en tránsito por Túnez o Marruecos, debe aportarse prueba de que han estado bajo constante vigilancia aduanera.
IMPORTACIONES EN ARGELIA DE MERCANCIAS COMUNITARIAS SOMETIDAS A CONTINGENTE:
Además de las condiciones mencionadas para las mercancías no contingentadas, las ventajas previstas no serán acordadas mas que en función de la disponibilidad de los contingentes. El sistema de gestión de los contingentes que centraliza la información, repartirá cotidianamente las cantidades disponibles en función del orden de registro de las declaraciones de cada día, sistema FIFO, primer registro, primera autorización.