nº 13, del 15 al 21 de diciembre de 2008
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Preguntas frecuentes

El exportador, beneficiario del crédito, una vez tenga en su poder el condicionado, tiene que efectuar una profunda revisión del mismo, comprobando que los términos y condiciones del crédito están de acuerdo con el compromiso de compraventa cerrado con el importador. Los aspectos más importantes a verificar son:

  • Que aparentemente sea válido.
  • Que el tipo de crédito y las condiciones se ajusten al contrato de compraventa.
  • Que no contenga condiciones difíciles de cumplir o inaceptables.
  • Que los documentos solicitados sea posible obtenerlos y puedan ser presentados amparados en el crédito.
  • Que la descripción de la mercancia y precio unitario, si se indica, está de acuerdo con el contrato.
  • Que no contenga el crédito condiciones no pactadas en el contrato.
  • La fecha límite de embarque, el vencimiento del crédito y el plazo para presentar los documentos.
  • Que el puerto de embarque y de destino de las mercancias correspondan a lo indicado en el contrato.
  • Que el requerimiento del seguro esté en el crédito

Si el beneficiario no encuentra conforme los términos y condiciones del crédito u observa algún aspecto confuso o contradictorio, se deberá poner en contacto en primer lugar con el banco designado como pagador, aceptante o negociador. Si persisten las dudas, es preferible contactar con el ordenante del crédito para que proceda a efectuar una modificación. La modificación ha de ser recibida por el beneficiario en la misma forma que recibió el original del crédito, ya que no sirve la sola notificación del ordenante informando que ya ha cursado la misma.