nº 133, Del 4 al 10 de julio de 2011
Toma nota  

Conozca qué productos procedentes de terceros están sometidos a control de seguridad previo a su despacho aduanero y cómo proceder con la inspección.

El servicio de inspección SOIVRE es el responsable de realizar la inspección de los productos que figuran en el documento adjunto, anexo I de la Orden PRE/735/2010. [click en + info]

Los interesados pueden solicitar una inspección notificando la operación objeto de control al SOIVRE en los puntos designados al efecto por los Servicios de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en los recintos aduaneros y asimilados.

Una vez realizada la inspección, y únicamente en caso de resultar conforme, el SOIVRE emitirá el NRC (número de referencia completo), de validación telemática a efectos del despacho aduanero.

Más información: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo | www.mityc.es

Pulse para más Información