¿Qué tratamiento reciben las ventas a distancia? ¿Donde tributan en origen o en destino?
La principal característica de la venta a distancia es que esta se produce sin desplazamiento del comprador al establecimiento del vendedor. Los bienes son adquiridos a través de los siguientes medios:
Los bienes vendidos se transportan de un estado miembro a otro, a cargo del vendedor, con destino al comprador.
Estas ventas tienen sus propias reglas de localización:
Cuando el importe total, excluido el IVA de las entregas efectuadas, supere en el año natural precedente los límites fijados en cada Estado, la venta se entiende realizada en el país de destino. En este caso el empresario español deberá solicitar un número de IVA en dicho Estado, así como nombrar un representante fiscal.
Si necesita ampliar información sobre el tema puede solicitarla al Area de Internacionalización, [email protected]