NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 61, del 14 al 20 de diciembre de 2009
Toma nota  

Serán admitidas con franquicia de derechos de importación, las muestras de mercancías sin valor estimable y que solo puedan servir para gestionar pedidos relativos a mercancías de la misma especie, con objeto de importarlas en el territorio aduanero de la Comunidad.

Las autoridades aduaneras podrán exigir que ciertos artículos, para poder ser admitidos con franquicia, sean inutilizados definitivamente.

La ley del IVA establece, igualmente, este tipo de franquicias.

NORMATIVA:
Artículo 91 Reglamento 918 / 1983 / CEE Consejo , de 23 de marzo de 1983 . D.O.nº L-105 de 23/04/1983
Artículo 48 Ley EHA / 37 / 1992 , de 28 de diciembre de 1992 que aprueba la Ley del IVA .