
La mayoría de intercambios provenientes de una compraventa internacional se llevan a cabo sin un contrato que los regule. Pero es muy recomendable que éste exista, ya que puede ser definitivo para la resolución de litigios entre las partes.
En los contratos de comercio internacional deberían constar:
Esta información procede de la “GUIA ON-LINE DE CONTRATACION INTERNACIONAL” . A través de la guía pueden ampliar información y acceder a más de 80 modelos de contratos. Su finalidad es servir de herramienta de apoyo y consulta para empresas, con el objeto de orientar e informar sobre los contratos de mayor utilización en las operaciones internacionales.