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NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 200, del 17 al 23 de diciembre de 2012
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Aranceles

Las suspensiones y contingentes arancelarios autónomos facilitan el acceso de las empresas europeas a la importación de materias primas de cualquier país no comunitario, en mejores condiciones económicas. Averigue que productos son los beneficiarios

La Comisión Europea ha recibido solicitudes de suspensión de los derechos arancelarios del arancel aduanero común sobre algunos productos industriales y agrícolas. De prosperar estas demandas, todos los importadores comunitarios de los productos para los que se solicita suspensión arancelaria podrían beneficiarse de una exención arancelaria a la importación, desde cualquier país tercero, a partir del 1 de julio de 2013.

La lista de los productos para los que se solicita una suspensión arancelaria se encuentra en el sitio Web temático de la Comisión sobre la Unión Aduanera.

Se recomienda a los operadores interesados que consulten periódicamente esa lista para mantenerse informados sobre el estado de las solicitudes. Además, resulta conveniente consultar también el apartado de la página Web de la Secretaría de Estado de Comercio

En el caso de que alguna empresa comunitaria pueda verse perjudicada por tener una producción igual o sustitutiva de los productos para los que se ha solicitado suspensión, puede presentar objeciones a las nuevas solicitudes a la Comisión, a través de las Administraciones nacionales. En el caso español, las empresas han de ponerse en contacto con la Subdirección General de Política Arancelaria y de Instrumentos de Defensa Comercial: [email protected]

Para más información, sobre suspensiones y contingentes arancelarios autonomos pueden dirigirse a:

Secretaría de Estado de Comercio, Urcilina Gallego - [email protected]

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