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NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 197, del 26 de noviembre al 2 de diciembre de 2012
Toma nota  
Legislación internacional

Esta Ley recoge un conjunto de medidas dirigidas a combatir el fraude fiscal, entre ellas, aquellas que suponen una modificación del artículo 199 de la Ley General Tributaria (BOE 18-12-2003).

Las sanciones recogidas en  la “Ley antifraude” varían desde los 100 € hasta los 1.500 € según la infracción cometida. En lo que respecta a las declaraciones aduaneras:

  • Se considera como infracción tributaria su presentación por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos cuando la normativa prescribe el uso de dichos medios. La sanción correspondiente consiste en una multa de 1.500 euros.
  •  Para los requerimientos individualizados o las declaraciones informativas que no tienen por objeto datos expresados en magnitudes monetarias, la sanción asciende a 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad, sin perjuicio de un mínimo establecido en 1.500 euros.
  •  Si los requerimientos individualizados o las declaraciones informativas se refieren a datos expresados en magnitudes monetarias, la cuantía de la multa responde al uno por ciento del importe las operaciones, con un mínimo de 1.500 euros. 
  • Por presentar declaraciones aduaneras incompletas, inexactas o con datos falsos, la sanción se cifra en 150 euros.

Ley antifraude, texto completo

Fuente: TARIC, www.taric.es

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