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NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 193, del 29 de octubre al 4 de noviembre de 2012
Toma nota  

Los operadores económicos deberán utilizar un único número EORI  para identificarse en sus relaciones con la aduana que deben obtener en el Estado miembro donde estén establecidos.

En el caso de que el operador de Reino Unido disponga de un EORI asignado por su Agencia Tributaria o por otro Estado Miembro, podrá comunicar el número EORI que les haya sido asignado en otro Estado Miembro para proceder a la vinculación al NIF que dicho operador ha obtenido en España, por escrito dirigido  a la Dependencia Provincial de aduanas correspondiente, o telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT  (en el punto ADUANAS /Solicitud alta EORI /asociación EORI-NIF)

Estas solicitudes serán tramitadas por la citada Dependencia, quien les requerirá, en su caso, la aportación de cualquier documentación o información adicional, y que elevará, una vez completo el expediente, la solicitud al Departamento de Aduanas donde se procede a la resolución.

Por lo que respecta a la exigencia de representante, esta viene determinada por los requisitos establecidos para la obtención de un NIF español.

Fuente: A.E.AT.

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