
El marcado CE colocado en los productos constituye una declaración por parte de la empresa de que:
Ahora bien, sólo es obligatorio para los productos a los que les afecta esta legislación. Un producto no puede llevar el marcado CE si no está amparado por una directiva que regule su colocación.
De la misma manera, un estado miembro no puede impedir la comercialización y puesta en servicio en su territorio de un producto que lleve el marcado CE, salvo en casos probados de no conformidad del producto.
Pero, ¿a qué productos afecta?, ¿quién coloca el marcado CE?, ¿de quién es la responsabilidad de colocarlo?, ¿es compatible con otras marcas?
Las respuestas a estas preguntas puede encontrarlas en el documento "EL MARCADO CE: comercialización de productos seguros", elaborado por el INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ARAGÓN y la CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE ZARAGOZA. Este documento pretende ser una sencilla herramienta de consulta sobre el significado y las exigencias de las Directivas Comunitarias que intentan garantizar la comercialización de productos seguros y de calidad.