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NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 160, del 13 al 19 de febrero de 2012
Toma nota  
Acuerdos Comerciales: Acreditación de origen

¿Podemos expedir un EUR1 de una mercancía exportada a México, pero que fue fabricada en China? ¿Cómo y dónde debo solicitar el "Nº de Exportador Autorizado”? ¿Debo solicitar a mis proveedores información sobre el origen de las mercancías que me suministran?

La configuración actual del comercio internacional se sigue basando en la discriminación de las mercancías en función de su origen. Por lo tanto, se necesitan procedimientos aduaneros que permitan determinar el origen.La política comercial de la UNIÓN EUROPEA está articulada en gran parte por ACUERDOS PREFERENCIALES que mantiene con un buen número de países. La finalidad primordial de la acreditación de origen, es asegurar que el trato preferencial se aplique EXCLUSIVAMENTE a mercancías producidas en los países firmantes del acuerdo.

El Certificado de Origen, es el documento por el cual el importador puede beneficiarse de la reducción arancelaria (pagar menos arancel), en el momento de la importación de aquellas mercancías originarias de la Unión Europea que vayan destinadas a países con los cuáles mantengamos acuerdos preferenciales recíprocos, como es el caso de: México, Chile, Marruecos, Túnez, Egipto, Argelia, Sudáfrica....

Cuando exportamos o importamos de un país con el que la UE tiene Acuerdo Preferencial, existen dos formas alternativas de probar el origen de las mercancías:

  • Con una Certificación de Origen
  • Consiguiendo un Nº de Exportador

Otro aspecto fundamental del que debemos asegurarnos, es de donde proceden las mercancías que nos suministran nuestros proveedores. La empresa exportadora es la responsable de conocer el origen de todas las mercancías que exporta y es por tanto la responsable ante la aduana de su acreditación.

 

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