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NET: Boletín Internacional de las Cámaras de Comercio de Aragón

nº 8, del 10 al 16 de noviembre de 2008
Toma nota  
Si una empresa exporta un producto a un precio inferior al que aplica normalmente en el mercado de su propio país, se dice que hace “dumping”. ¿Se trata de una competencia desleal?

Las opiniones difieren, pero muchos gobiernos adoptan medidas contra el dumping como mecanismo de protección.La OMC autoriza a los gobiernos a adoptar este tipo de medidas cuando se ocasione un daño importante a la rama de producción nacional competidora.

Para poder establecer derechos antidumping, el gobierno tiene que poder demostrar que existe dumping, calcular su magnitud (cuánto más bajo es el precio de exportación en comparación con el precio en el mercado del país del exportador), y justificar que el dumping está causando daño o amenaza causarlo.

En el período comprendido entre el 1º de enero y el 30 de junio de 2008 el número de nuevas investigaciones antidumping registró un notable aumento con respecto a ese mismo período en 2007. El país objeto del mayor número de nuevas investigaciones fue China, con 37  iniciadas contra sus exportaciones

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