En fundamento jurídico el B/L es limpio siempre que la naviera no efectúe una reserva, es decir, lo es por defecto.
El Articulo 27 de las UCP 600 – Reglas y Usos Uniformes relativos a los Créditos Documentarios de la CCI indica:
“Los bancos únicamente aceptarán un documento de transporte limpio. Un documento de transporte limpio es aquél que no contiene ninguna cláusula o anotación que haga constar de forma expresa el estado defectuoso de las mercancías o su embalaje. No es necesario que el término “limpio” aparezca en el documento de transporte, aun cuando el crédito contenga un requisito de que el documento de transporte deba ser “limpio a bordo”
En la práctica:
Se ha venido exigiendo a las compañías navieras que inserten en sus conocimientos de embarque la cláusula Clean On Board o Limpio a Bordo. Esta cláusula significa lo que mencionan sus terminos literales, es decir, que la mercancía esta limpia a bordo, sin daños.
Si bien esta cláusula en un principio tuvo realmente su sentido y lo sigue teniendo en determinados tipos de carga en las que el capitán o sus auxiliares al proceder a la carga del buque en el puerto de origen, pueden comprobar el estado de la mercancía y estampar la mención Limpio a Bordo si consideran la misma conforme y en buen estado, hoy en día se ha desvirtuado en cierto modo su fundamento a raiz de la masiva utilización del contenedor como medio de transporte que impide comprobar el estado de lo que se transporta en su interior.
Las compañias navieras suelen negarse a poner en el B/L la claúsula “Clean on Board”, en su lugar indican “Shipped on Board”.