No, dado que las disposiciones comunitarias que regulan este régimen preferencial de carácter autónomo o unilateral, diferencian tres tipos de países dentro de los beneficiarios del mismo.
El Reglamento (CE) 732/2008 que regula el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) para el trienio 2009-2011, establece 3 regímenes y, por consiguiente, las preferencias arancelarias son diferentes en función del régimen al que este acogido el país en cuestión:
No es lo mismo importar una prenda textil con origen BANGLADESH que otra con origen INDIA: El primer país está en el régimen especial para paises menos desarrollados (arancel 0%), mientras que el segundo está en el régimen general (arancel 9,6%). El listado de países se encuentra en el Anexo Idel citado Reglamento (CE)732/2008.