La entrega en condiciones EXW se produce en el almacén del exportador y las condiciones a cumplir son las de entregar la mercancía acondicionada para una exportación, así como preparar la documentación comercial de la misma (Factura, packing list, certificado de origen y/o algún certificado específico asignado al producto como pueden ser Certificados de calidad, análisis, etc..) para que ésta pueda atravesar la aduana de exportación. En condiciones EXW el cliente asume todos los gastos desde el momento en que recoge la mercancía.
No es habitual utilizar el Incoterm EXW para la gestión de cobro en un crédito documentario, pues dificulta enormemente el cumplimiento de las condiciones del mismo, ya que el vendedor no contrata ni llega a lugar alguno. Es el comprador el que controla la operativa por lo que cualquier problema que surja con la documentación no puede ser controlado por el vendedor, pues no ha realizado acción alguna de contratación y/o entrega.
Por ejemplo, el transporte principal genera la entrega de un Bill of Lading. Este documento habitualmente se le entrega al exportador a cambio de la entrega de la mercancía y transmite la propiedad de la misma a aquél que lo percibe. De ahí, su vinculación con los Créditos documentarios, pero si el cliente recoge en condiciones EXW, es él quien entrega la mercancía en el transporte, por lo que domina el documento y puede editarlo de forma que incumpla el condicionado del Crédito Documentario, ya sea en fechas o leyendas del mismo, a pesar de que se lo remitan al vendedor por ser el propietario de la mercancía. El importador además ha contratado el transporte y lo paga, por lo que puede aceptar demoras que incumplan el crédito documentario. Ésta es una de las razones por las que la condición de venta EWX no se recomienda utilizarla en los créditos documentarios.
FCA y FOB, son Incoterms mucho más habituales en la operativa de cobros y pagos a través de Créditos documentarios. Aportan seguridad respecto al trámite aduanero de exportación el cual lo realice quien lo realice, es el exportador como vendedor el responsable de lo que se declare ante la aduana.
En ocasiones el precio EXW es solicitado por parte del comprador para saber el mejor precio y luego exige la entrega del material en puertos u otros lugares o el exportador termina realizando el trámite aduanero por seguridad y pagando más costes que no ha transmitido a su cliente en el precio al dar EXW y que deberían ser asumidos por el comprador según el acuerdo entre ambos.
Si por último una empresa establece como forma de pago Crédito Documentario en condiciones EXW, al menos únicamente debería permitir qué en el clausulado se les solicitara un certificado de entrega/recogida en lugar del B/L, facilitado por el transporte que les va a recoger la mercancía, que certifique que esta se ha entregado en la fecha acordada y al transporte indicado y evidentemente no entregar nada sin esta certificación, más los documentos comerciales pertenecientes al producto, pues en condiciones EXW dentro de un Crédito Documentario el exportador no debe aceptar nunca que se le soliciten documentos que no controle.