| PROGRAMA DE PATROCINIO EXPO ZARAGOZA 2008 |
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El Programa de Patrocinio EXPO ZARAGOZA 2008 ofrece la oportunidad a las empresas, instituciones y diferentes organismos y organizaciones de ser partícipes del evento en el grado y categoría que mejor se adapte a sus intereses.
Tanto por cuestiones publicitarias, promocionales, estratégicas o de imagen, las diferentes figuras del programa están pensadas para dar el mejor rendimiento y máximo retorno de la inversión realizada.
Hasta ahora, se han concebido las siguientes figuras dentro del programa de Patrocinio :
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| SOCIO EXPO 2008 |
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Los principales derechos de esta categoría serán: |
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- Exclusividad
- Imagen y Publicidad
- Hospitality y Relaciones Públicas
- Oportunidad de negocio
- Beneficios Fiscales (Derecho a importantes beneficios y deducciones fiscales)
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Adquirirán la categoría de “Socio de EXPO ZARAGOZA 2008” aquellas empresas que realicen una inversión mínima de seis millones de euros.
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| PATROCINADOR
EXPO 2008 |
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Los principales derechos de esta categoría serán: |
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- Exclusividad
- Imagen y Publicidad
- Hospitality y Relaciones Públicas
- Oportunidad de negocio
- Beneficios Fiscales (Derecho a importantes beneficios y deducciones fiscales)
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Adquirirán la categoría de “Patrocinador de EXPO ZARAGOZA 2008” aquellas empresas que realicen una inversión mínima de dos millones de euros.
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| PATROCINADOR
de CONTENIDOS |
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Los principales derechos de esta categoría serán: |
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- Imagen y Publicidad
- Hospitality y Relaciones Públicas
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Podrán ser Patrocinadores de contenidos, aquellas empresas que deseen financiar, total o parcialmente, planes y programas, edificios emblemáticos, instalaciones, eventos culturales y de ocio.
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| EMPRESA SUMINISTRADORA |
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Los principales derechos de esta categoría serán: |
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- Imagen y Publicidad
- Hospitality y Relaciones Públicas
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Las empresas que quieran participar en los diferentes concursos de suministros de bienes y/o servicios que EXPOAGUA requiere, tendrán derecho a unir su nombre al producto y/o servicio suministrado.
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| AMIGO de la EXPO |
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La sociedad pública EXPOAGUA ha creado esta categoría de patrocinio para dar acceso a las pequeñas y medianas empresas (pymes) de Aragón. Con esta categoría, cualquier empresa o firma que entregue cien mil euros, se convertirá en patrocinador “amigo de la EXPO” .
Entre las ventajas que se ofrecen a los “amigos de la Expo” estarán las desgravaciones habituales por colaborar con una organización no gubernamental, la entrega de entradas para el evento internacional y la posibilidad de publicitar la colaboración con el logotipo. |
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Desde este espacio animamos a las empresas a conocer mejor e informarse de todas las características y figuras del Programa de Patrocinio EXPOZARAGOZA 2008. Para ello, consulte la revista electrónica de la página oficial de la Exposición Internacional Zaragoza 2008: www.expozaragoza2008.es
Si lo desea y para mayor facilidad, puede descargarse toda la información del programa de Patrocinios y sus Beneficios pulsando aqui.
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| INFORMACIÓN
SOBRE BENEFICIOS Y DEDUCCIONES FISCALES |
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Beneficios fiscales :
El marco general de los beneficios fiscales se establecen en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (en adelante Ley 49/2002).
En concreto, el artículo 27 de la citada Ley, regula los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público como el conjunto de incentivos fiscales específicos aplicables a las actuaciones que se realicen para asegurar el adecuado desarrollo de los acontecimientos que, en su caso, se determinen por Ley. |
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Con relación a la Ley de Beneficios Fiscales específica para EXPO ZARAGOZA 2008 que regulará e incentivará la participación privada en el evento, seguidamente ofrecemos textualmente lo establecido en el marco general de la Ley:
Referencia: BOE num.: 312 del Viernes 30 de Diciembre de 2005.
Los Beneficios fiscales de este Programa se establecen en el marco general de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
Disposición adicional quincuagésima sexta. Beneficios fiscales aplicables a “EXPO Zaragoza 2008”.
Uno: La celebración de “EXPO Zaragoza 2008” tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Dos: La duración del programa de apoyo a este acontecimiento alcanzará desde el 1 de enero de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2008.
Tres: La certificación de la adecuación de los gastos e inversiones realizadas a los objetivos y planes del programa será competencia de un Consorcio que se creará conforme a lo dispuesto en el artículo 27.2.b) de la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
Cuatro: Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realizará por el Consorcio al que se ha hecho referencia en el apartado Tres.
Cinco: Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
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