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Expo 2008 - Patrocinios

PROGRAMA DE PATROCINIO EXPO ZARAGOZA 2008

El Programa de Patrocinio EXPO ZARAGOZA 2008 ofrece la oportunidad a las empresas, instituciones y diferentes organismos y organizaciones de ser partícipes del evento en el grado y categoría que mejor se adapte a sus intereses.

Tanto por cuestiones publicitarias, promocionales, estratégicas o de imagen, las diferentes figuras del programa están pensadas para dar el mejor rendimiento y máximo retorno de la inversión realizada.

Hasta ahora, se han concebido las siguientes figuras dentro del programa de Patrocinio :

Fluvi
 SOCIO EXPO 2008
 

Los principales derechos de esta categoría serán:

 
   
  • Exclusividad
  • Imagen y Publicidad
  • Hospitality y Relaciones Públicas
  • Oportunidad de negocio
  • Beneficios Fiscales (Derecho a importantes beneficios y deducciones fiscales)
 
 

Adquirirán la categoría de “Socio de EXPO ZARAGOZA 2008” aquellas empresas que realicen una inversión mínima de seis millones de euros.

 
 
 PATROCINADOR EXPO 2008
 

Los principales derechos de esta categoría serán:

 
   
  • Exclusividad
  • Imagen y Publicidad
  • Hospitality y Relaciones Públicas
  • Oportunidad de negocio
  • Beneficios Fiscales (Derecho a importantes beneficios y deducciones fiscales)
 
 

Adquirirán la categoría de “Patrocinador de EXPO ZARAGOZA 2008” aquellas empresas que realicen una inversión mínima de dos millones de euros.

 
 
 PATROCINADOR de CONTENIDOS
 

Los principales derechos de esta categoría serán:

 
   
  • Imagen y Publicidad
  • Hospitality y Relaciones Públicas
 
 

Podrán ser Patrocinadores de contenidos, aquellas empresas que deseen financiar, total o parcialmente, planes y programas, edificios emblemáticos, instalaciones, eventos culturales y de ocio.

 
 
 EMPRESA SUMINISTRADORA
 

Los principales derechos de esta categoría serán:

 
   
  • Imagen y Publicidad
  • Hospitality y Relaciones Públicas
 
 

Las empresas que quieran participar en los diferentes concursos de suministros de bienes y/o servicios que EXPOAGUA requiere, tendrán derecho a unir su nombre al producto y/o servicio suministrado.

 
 
 AMIGO de la EXPO
 
La sociedad pública EXPOAGUA ha creado esta categoría de patrocinio para dar acceso a las pequeñas y medianas empresas (pymes) de Aragón. Con esta categoría, cualquier empresa o firma que entregue cien mil euros, se convertirá en patrocinador “amigo de la EXPO” .

Entre las ventajas que se ofrecen a los “amigos de la Expo” estarán las desgravaciones habituales por colaborar con una organización no gubernamental, la entrega de entradas para el evento internacional y la posibilidad de publicitar la colaboración con el logotipo.

 

Desde este espacio animamos a las empresas a conocer mejor e informarse de todas las características y figuras del Programa de Patrocinio EXPOZARAGOZA 2008. Para ello, consulte la revista electrónica de la página oficial de la Exposición Internacional Zaragoza 2008: www.expozaragoza2008.es

Si lo desea y para mayor facilidad, puede descargarse toda la información del programa de Patrocinios y sus Beneficios pulsando aqui.
INFORMACIÓN SOBRE BENEFICIOS Y DEDUCCIONES FISCALES
 
Beneficios fiscales :
El marco general de los beneficios fiscales se establecen en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (en adelante Ley 49/2002).
En concreto, el artículo 27 de la citada Ley, regula los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público como el conjunto de incentivos fiscales específicos aplicables a las actuaciones que se realicen para asegurar el adecuado desarrollo de los acontecimientos que, en su caso, se determinen por Ley.
 
Logo Expo 2008

Con relación a la Ley de Beneficios Fiscales específica para EXPO ZARAGOZA 2008 que regulará e incentivará la participación privada en el evento, seguidamente ofrecemos textualmente lo establecido en el marco general de la Ley:

Referencia: BOE num.: 312 del Viernes 30 de Diciembre de 2005.
Los Beneficios fiscales de este Programa se establecen en el marco general de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

Disposición adicional quincuagésima sexta. Beneficios fiscales aplicables a “EXPO Zaragoza 2008”.

Uno: La celebración de “EXPO Zaragoza 2008” tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Dos: La duración del programa de apoyo a este acontecimiento alcanzará desde el 1 de enero de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2008.

Tres: La certificación de la adecuación de los gastos e inversiones realizadas a los objetivos y planes del programa será competencia de un Consorcio que se creará conforme a lo dispuesto en el artículo 27.2.b) de la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

Cuatro: Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realizará por el Consorcio al que se ha hecho referencia en el apartado Tres.

Cinco: Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

 
 Sede central: Pº Isabel la Católica 2 - 50009 Zaragoza
 Centro de formación: C/ Teniente Ortiz de Zárate 26 - 50014 Zaragoza
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