El Capital Social mínimo será de 3.012 Euros y el
máximo de 120.202 Euros.
Sólo podrá desembolsarse mediante aportaciones dinerarias, por lo menos todo lo que respecta al capital mínimo.
Superada la cantidad de 3.012 Euros, se pueden realizar aportaciones no dinerarias, hasta un máximo de 120.202 Euros.
Si con posterioridad los socios acuerdan aumentar el capital social por encima del límite máximo, en dicho acuerdo deberán establecer si optan por la transformación de la Sociedad Laboral Nueva Empresa en cualquier otro tipo social o si continúan sus operaciones en forma de Sociedad de Responsabilidad Limitada.