Tipos de sociedad - SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Características
- Tiene carácter mercantil cualquiera que sea su objeto.
- Su denominación no podrá ser idéntica a la de otra
sociedad existente, y con el nombre deberá figurar la indicación
de "Sociedad de Responsabilidad limitada" o " Sociedad
limitada", o sus abreviaturas "S.R.L." ó "S.L".
- El número mínimo de fundadores es de 1, bajo la denominada "Sociedad
de Responsabilidad Limitada Unipersonal'.
- El capital no podrá ser inferior a 3.005,06 euros, se expresará siempre
en esta moneda y desde su origen deberá estar totalmente desembolsado.
- En la sociedad el capital estará dividido en participaciones iguales,
acumulables e indivisibles, que no se podrán incorporar a títulos
negociables ni denominarse acciones.
- Las aportaciones deben ser valoradas económicamente, en ningún
caso pueden ser objeto de aportación el trabajo o los servicios.
- La sociedad responde con todo su patrimonio, el socio sólo arriesga
el importe de su aportación.
- La sociedad se constituirá mediante escritura pública,
que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil.
- Con la inscripción en el Registro Mercantil, la sociedad adquirirá personalidad
jurídica.
- Fijará su domicilio dentro del territorio español, en el
lugar en que se halle el centro de su efectiva administración y
dirección, o en el que radique su principal establecimiento o explotación.
- Serán españolas todos aquellas sociedades limitadas que
tengan su domicilio en territorio español, cualquiera que sea el
lugar en que se hubieran constituido.